miércoles, 29 de marzo de 2023

El discurso de Piña

 

Nacional

Lo amargo de la piña

El discurso de la magistrada

Por: Carlos Damián                                              29 de marzo, 2023

México. -   A la llegada de la magistrada a la presidencia de la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, se ha desenvuelto con crudeza, tosca, rustica y nada delicada. Quien fuera a empujones habla en sí mismo de esa designación, como recordaran empezó unos tres días antes de la navidad de 2022, con la aseveración en el portal de la familia Madrazo (Latin Us, web page de política); de que otra ministra, la que había votado todo en contra de todas las controversias seria elegida. Pero la Jueza Yasmina Esquivel que voto a favor del obradorismo, había plagiado su tesis 40 años antes. Lo de la UNAM se desbocó, al declararla culpable sin darle oportunidad de defensa y se presentó una declaración notarial supuestamente copiada y diciendo que era él y no la ministra la que había transcrito la tesis, sin embargo, la asesora de ambas tesis perdió su trabajo.

Mientras estas cuestiones sucedían se eligió como jueza presidenta a la magistrada Norma Lucía Piña Hernández, y en su toma de protesta uso su toma como mujer y en la que apareció en escena precisamente cuando otra mujer magistrada Yasmina Esquivel, estaba en desgracia debido a las acusaciones de Latinus. Pero no la juzguemos por su discurso inaugural n tampoco cuando se quedo sentada, cuando entro al presidente AMLO, al acto de conmemoración de la constitución de 1917. Como magistrada Norma Piña, ha votado en contra del juicio a los ex presidentes, voto en contra de que se realizara la revocación de mandato, voto en contra de la ley eléctrica, que permitía al país autodeterminarse en materia energética.

La ponente

Y ella fue la ponente en contra de establecer un control de usuarios de telefonía celular, y así este escrito va a comenzar por un recorrido breve por sus argumentos. Comencemos por la ley eléctrica, con la alianza de oponerse a la reforma eléctrica, la alianza del Mac Prian, impidió que la nación decidiera sobre su propia soberanía energética, y cada vez que eso ha ocurrido se recurre entonces a un bien menor, la reforma de la ley.  Fueron los diputados de Acción Nacional, esa nueva reforma a la ley de la SCJN, para que la declarara inconstitucional.  La magistrada Norma Piña estaba ahí, ese 7 de abril de 2022, y apoyo toda la cantaleta de la ultra derecha reaccionaria de la oposición. Que la CFE era un monopolio que no dejaba la libre competencia, y es decir que las empresas españolas eran limpias y puras.

Pero lo hizo con el argumento de que la ley es la ley, es decir esta fantasía de los abogados de que ellos se rigen por las frases de los artículos legales que no tienen intereses políticos, ni sesgos personales y principios morales. Así, estos magistrados que se supone se guían por la estructura del derecho. Acaban por beneficiar a empresas extranjeras, factureras, extorsionadores, y a la oposición política de Morena. Todo conforme a derecho, y un ejemplo lo que sostuvo Norma Piña, para votar en contra del interés nacional en materia eléctrica, Dijo: “En principio quiero destacar que no corresponde a esta Suprema Corte, determinar la planeación ni el control del sistema eléctrico nacional, tampoco nos corresponde determinar cual es el mejor sistema a nuestro país, como órgano de control jurídico. Nuestra función consiste en constatar que las normas sometidas a escrutinio se apeguen al marco de la ley y constitucionalidad. Nuestra obligación es respetar y que las normas jurídicas sujetas a escrutinio vigente.

Decreto que reformó la constitución

Ahora el 20 de diciembre de 2013, se publicó el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas discusiones de la constitución general en materia de energía.  A partir de esa fecha el sector eléctrico se rige conforme al menos con cuatro mandatos. Aquí la magistrada Piña está diciendo que conforma de la reforma de quien la propuso o sea Peña Nieto, sigue siendo constitucional o sea que hay que hay que acatarlas sin hacer gestos.  Dice la magistrada Piña. Un primer mandato es el relativo a las actividades de negación y comercialización a la energía eléctrica y productos asociados estén abiertas a la inversión privada en un esquema de libre competencia y de libre concurrencia cuyo objetivo es bajar los costos de la energía eléctrica.  Y en consecuencia el precio a los usuarios finales para eso se creó el mercado eléctrico mayorista y el que todos los participantes bajo reglas específicas desarrollan estas actividades de generación y comercialización.

Mercado en el que la CFE, fuera un participante más que operaria en condiciones de competencia.  Es decir, según la magistrada Piña, si la reforma de Peña, decía que la luz iba a bajar de precio, así habría que creerlo.  Aunque si revisas los recibos de la luz, aumentaron en un 35 por ciento como resultado de la reforma eléctrica de Peña Nieto. Pero la ley es la ley. Pues dice que la luz bajó. Sigue la magistrada Piña; el segundo mandato de dicha reforma, consiste en que el estado mexicano a través de la CFE, mantuviera el monopolio de las áreas correspondientes a transmisión y distribución, de energía eléctrica. Así, como la planeación y control del sistema eléctrico nacional. Pero en congruencia con lo anterior, permitiría el acceso al abierto y no discriminatorio, a las redes de comunicación y distribución a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista.                                

Despacho de energía

Lista para el despacho de energía, otra vez la magistrada Piña no se entera de la realidad,  que las empresas españolas, como Iberdrola, usaban sin pagar los  cables de transmisión de la paraestatal CFE,  que todos los demás usuarios si pagamos  y que exigían estas empresas que su energía,  despacharla antes que de la Comisión (CFE) producida por las hidroeléctricas (energía limpia), por lo que crearon una distorsión que puso en riesgo la estabilidad, la generación de electricidad  en toda la red eléctrica. De esa anomalía, como no está en los artículos la magistrada no se enteró. Sigue Norma Piña; un tercer mandato, es que se instruyó la comisión estructural de la CFE, para que se convirtiera en una empresa productiva del estado, así la magistrada votó en contra de la ley eléctrica, porque según ella si la CFE seguía siendo del estado pues simplemente no podía ser productiva.

Vayamos ahora su postura con respecto al juicio de los ex presidentes de México.  Dentro de los que se encontraba, Enrique Peña Nieto.  La ministra usó un argumento que contraponía la consulta a la aplicación de la ley. Así, si se les preguntaba a los ciudadanos si los ex presidentes debían ser juzgados y la respuesta era sí. Entonces, todos los derechos humanos y el acceso de todos ellos a, la justicia se venía abajo. Era el clásico, la ley se aplica y no se consulta. En una materia como decía ella, que la ley no se consulta si se aplicaba la ley. Sino el ejercicio del derecho a saber, qué fue lo que ocurrió en esos sexenios del prianato.  Que dejo una cauda de víctimas sociales y psicológicas, que la ley no contempla. Pero la jueza Piña se mantuvo en sus párrafos e incisos. Así, avaló que con su voto a favor del dictamen y cito decía: La consulta por si sola se considera inconstitucional pues condiciona la eficacia y la validez de los derechos humanos y sus garantías, a lo que determina un sector de la población en una consulta pública.

No se puede realizar una consulta popular

Lo cual se considera que no es constitucionalmente posible porque no es posible realizar una consulta popular que condiciona la vigencia de los derechos humanos a lo que decida un grupo de la población. Ya que los derechos humanos y sus garantías son disponibles y mucho menos pueden ser restringidos en una consulta popular, ni por nadie. Es decir que la sola idea, de la consulta a juicio de los ex presidentes llevaba a que se consultara toda la constitución y hasta los derechos humanos.  Sigue el proyecto que voto la magistrada, La consulta popular solicitada es inconstitucional porque pone en riesgo los derechos de las víctimas y de las personas ofendidas por los hechos presuntamente sancionables a los que se refiere la solicitud y en su caso la pregunta. En este sentido debe recordarse que todas las personas como el estado mexicano están obligadas a denunciar cualquier hecho y con ello que se llevaban a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad.  Y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona, sea un ex presidente, un funcionario o cualquier otra persona.

Aquí la magistrada se adhiere a decir que consultar a la población anula por sí misma la obligación del estado a impartir justicia. Es decir, que considera la posibilidad de investigar a Peña Nieto, Felipe Calderón, Vicente Fox, Ernesto Zedillo y a Carlos Salinas de Gortari pone en riesgo el derecho en sus víctimas, así de sencillo. Sigue nuestra magistrada al identificar y señalar con claridad a las personas a las que se propone investigar para llevarlas penalmente a la justicia. Puede estimarse contrario al principio de presunción de inocencia y del debido proceso penal de estas personas ya mencionadas, lo cual vulnera evidentemente sus derechos humanos. (Los escritos han sido recopilados de las redes de internet, Guadalajara, Jalisco, a 29 de marzo, 2023).

“Opinión con Piña”, El video comentario de Fabrizio Mejía, SinEmbargoalaire.com,  16/02/2023

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