Nacional
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El sindicato hará valer sus garantías si les
concede amparo: abogados
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Teatro educativo
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Por: Carlos Damián 24 de Junio, 2015
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La Corte tarda año y medio en resolver miles de
amparos en referencia a Mexicanos Primero
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México. - Nosotros vemos que
al legislar sobre la materia “educativa”, se hizo violentando los principios
constitucionales previstos en la Fracción III del artículo 3ero.
Constitucional, que en su parte se dispone que: “el Estado garantizará la
calidad de la educación obligatoria de manera que los materiales y los
métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa (…)
así como en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los
que el Estado mexicano forma parte, al hacer consistir como factor único,
hasta este momento, de la calidad de la educación al docente, sin considerar
los factores anteriormente mencionados, lo que los convierte en únicos
responsables de la calidad educativa.
Y en esta resolución de la corte hubo consignas y condicionamiento en
el diseño de la legislación en esta materia, de los autores de la Ley del
Instituto Nacional para la Evaluación Educativa y la Ley General del Servicio
Profesional Docente y de las modificaciones ala Ley General de Educación, y
al aprobarse, se violentó el principio constitucional del pleno respeto a los
derechos constitucionales de los trabajadores de la educación, como la propia
fracción III del artículo 3.
Si nosotros observamos las legislaciones mencionadas y en particular
de la ley General del Servicio Profesional Docente, se pretende simular que
se trata de una legislación educativa, cuando en esencia lo que menos
contiene es un proyecto educativo, pedagógico o que mínimo se pretenda
siquiera una renovación del contenido de la Ley General de Educación, en
búsqueda de un proyecto que verdaderamente se consolide, fortalezca y de
sentido al Sistema Educativo Nacional siquiera una renovación del contenido
de la ley General de Educación, que más bien se trata de un cambio del
proceso administrativo. En este contexto cobra mayor relevancia el
posicionamiento del INEE hecho en septiembre de 2013, a través de su
presidenta Sylvia Schmelkes en el sentido de que las reformas mal llamadas
“educativas”: “No es una reforma pedagógica, no es una reforma curricular, no
es una reforma de la formación inicial del docente. Es una reforma que pone
las condiciones para que estas reformas sean posibles, pero todas las
verdaderamente importantes nos hacen falta. Es una reforma que pone las
condiciones para que estas reformas sean posibles, pero todas las realmente
importantes nos hacen falta”.
En los derechos de los trabajadores se olvidan
los derechos humanos
Este posicionamiento, contrasta con el que ahora tiene, el INEE al
sostener, entre otros puntos, que de no aplicarse la evaluación docente no se
garantizaría una “educación de calidad” para todos. Por lo que las relaciones
de trabajo de los docentes se regulan por la ley Federal del Trabajo y la Ley
Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentarias del
artículo 123 Constitucional y tratados internacionales de donde proviene la
existencia de los derechos de sindicación y de negociación colectiva y que
ahora se están violando en perjuicio de los trabajadores de la educación, por
leyes secundarias. En esta situación es impresentable el aplicar de manera
retroactiva el artículo 14 constitucional en perjuicio de los trabajadores al
servicio de la educación. Además se rechaza la aplicación de la evaluación en
los términos que plantea la Ley General del Servicio Profesional Docentes
porque es discriminatoria, punitiva, inequitativa y ajena a la realidad de
las condiciones en las que operan los OPDs; Se espera que la nueva
legislatura se ponga las pilas para que tengan la suficiente sensibilidad
para entender y atenderla necesidad de armonizar las leyes en materia
educativa con la legislación laboral, que en efecto, privilegien la calidad
de la educación, sin menoscabo de los derechos humanos y garanticen la
estabilidad laboral y social.
Se considera que: exista un respeto absoluto a los derechos humanos de
alumnos y docentes, mismos que se contemplan en la Carta Magna; Por la
abrogación de la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; En esta legislación se
siga respetando los procedimientos de ingreso, promoción, permanencia y
reconocimiento establecidos en los
contratos colectivos y condiciones generales de trabajo, que están amparados
por la legislación laboral y el 123 constitucional; se observa una falta de
respeto a los alumnos, a los trabajadores de la educación y a todos los
mexicanos el anuncio de la suspensión indefinidamente por parte de la SEP de
las fechas de evaluaciones docentes hasta tener “nuevos elementos a considerar en el proceso de
evaluación”, cuando sólo dejó que pasaran las elecciones para retractarse. No
es posible que en diez días ya se cuente con las condiciones que se
argumentaron como causa de la
suspensión de las fechas para la evaluación; se responsabiliza a la SEP, INEE
y a la Coordinación del Servicio Profesional Docente de las acciones que se
vean los trabajadores de la educación a emprender por su cuenta.
La Corte y su resolución
Ante la resolución adversa de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) a los amparos contra la
reforma educativa, el magisterio disidente recurrirá a instancias
internacionales de derechos humanos, pues se estarían violando varios
tratados y convenios de la comunidad internacional, los cuales han sido
ratificados por el Estado mexicano. Antonio Castro López y el abogado Manuel
Fuentes Muñiz, exigieron a los
ministros de la Corte que hagan valer los derechos de los docentes y otorguen
el amparo resolviendo que la reforma educativa viola derechos humanos. El
abogado Fuentes explicó que las solicitudes de juicio de amparo –fueron cien
mil quejosos- se reclaman una serie de
violaciones a los derechos humanos y laborales, entre los cuales destacan el
principio de retroactividad, la garantía de audiencia y la bilateralidad en
las relación de trabajo, además de anular todo derecho de la organización
sindical. En todo caso, las disposiciones contenidas en dicha reforma serían
aplicables a los trabajadores de nuevo ingreso y no a los que ya cuentan con
una base y fueron contratados con otras características y condiciones, pero
la legislación reformada no hace distinciones.
Se tiene previsto que esta semana la SCJN discuta sobre la legalidad
de la reforma educativa. Además ha trascendido que el ministro Fernando Franco González
Salas propondrá en su proyecto negar 26 amparos promovidos por maestros, que
suman miles de expedientes más. Antonio Castro CEND del SNTE, informó que las
instancias internacionales a las que recurrirán son la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, en Washington, y la Convención Americana
de Derechos Humanos, en San José Costa Rica. Este Junio 22, acudirá con una
representación de la disidencia magisterial y de la ANAD acudirá a la sede de
la Corte para entregar una carta a los ministros, donde se les exige respetar
la Constitución y con ello los derechos de los trabajadores de la educación.
A la conferencia asistieron también una decena de dirigentes de las secciones
sindicales, quienes junto con el abogado Fuentes, cuestionaron la actuación
de los ministros de la Corte y de los jueces, que han puesto obstáculos
“absurdos” para impedir la defensa de los derechos de los maestros.
Criticaron que la Corte tenga en sus manos desde hace 18 meses las
solicitudes de amparo y apenas hoy, cuando están imponiendo la evaluación,
los ministros deciden resolver el caso. Se critica que la Corte tarde año y
medio en resolver los amparos colectivos de los maestros, mientras otros
jueces otorgan en cuestión de horas el amparo obtenido por Mexicanos Primero
de Televisa contra la decisión de la SEP. (La Jornada, economía, p.p. 7-8, 22
de Junio, 2015)
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martes, 14 de julio de 2015
Teatro educativo
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